— Los coeficientes correctores del valor de adquisición de los bienes inmuebles no afectos a actividades económicas se han actualizado en el 1%.
— Los tipos de gravamen de la escala general aplicables para las rentas superiores a 120.000 y 175.000 eurosse han incrementado en el 1% y 2%, respectivamente.
— Las percepciones derivadas de las reducciones de capital social con devolución de aportaciones a los socios de las SICAV, y en el supuesto de reparto de prima de emisión de acciones se gravan como renta del ahorro.
— En las retribuciones plurianuales se ha introducido el límite de 300.000 euros en la cuantía del rendimiento íntegro sobre la que se aplicará la reducción del 40%.
— Los límites de la base máxima de la deducción por alquiler en vivienda habitual, pasando a incrementar el primer tramo a 17.707,20 euros con una deducción de 9.040 euros anuales.
— En la deducción por alquiler de vivienda habitual, se ha incrementado la reducción del rendimiento neto procedente del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda, que pasa del 50 al 60%. No obstante, se ha reducido la edad máxima de 35 a 30 años para los arrendatarios.
— Se mantiene la compensación fiscal por deducción en la adquisición de vivienda habitual para el 2011.
— Se ha eliminado la deducción por nacimiento y adopción.
— Se ha prorrogado hasta el año 2011 como gastos de formación los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información.
— Se ha recuperado con carácter retroactivo, desde enero de 2011, la desgravación por adquisición de vivienda habitual en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010, manteniendo una base máxima de deducción de 9.040 euros anuales. Si se efectúan obras e instalaciones de adecuación en la vivienda por razón de discapacidad, la deducción será de 12.080 euros anuales.
— Desde el 7 de mayo de 2011 la deducción en el IRPF por obras de mejora en la vivienda:
• Se ha ampliado la deducción por obras de mejora a todas las viviendas, incluidas las que sean de alquiler, con la única excepción de que no estén afectas a actividades económicas por parte del contribuyente.
• Los contribuyentes con una base imponible igual o inferior a 53.007,20 euros podrán beneficiarse en su totalidad de la deducción, rebajándose ésta progresivamente hasta quedar a cero para los contribuyentes con una base imponible superior a 71.007,20 euros.
• El tipo de deducción aplicable es del 20%.
• El límite máximo de deducción anual ha pasado de 4.000 a 6.750 euros, aumentando el límite plurianual máximo deducible, que ha pasado de 12.000 a 20.000 euros.
• Esta nueva regulación de la deducción resultará de aplicación a las obras que se realicen desde el 7 de mayo de 2011.
— Con efectos desde el 8 de julio de 2011 se han declarado exentas las ganancias patrimoniales obtenidas en la transmisión de las acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. Dicha exención deberá cumplir una serie de requisitos y condiciones.
— Se ha suprimido en el modelo las deducciones por doble imposición de dividendos pendientes de aplicar, por haber trancurrido el plazo límite de cuatros años.